Ayudas para promover la cooperación empresarial en la internacionalización ALAVA InterKOOP

 

El Departamento de Desarrollo Económico y Equilibrio Territorial de la Diputación Foral de Álava ha publicado recientemente en el BOTHA el Acuerdo 124/2019 por el que se aprueba la convocatoria de la línea de ayudas para promover la cooperación empresarial en la internacionalización (ALAVA InterKOOP), para el ejercicio 2019.

La presente convocatoria tiene por objeto el apoyo a la realización de proyectos y/o acciones encaminadas a promover la cooperación en los procesos de internacionalización de las pequeñas y medianas empresas alavesas, así como la cooperación entre empresas alavesas para su salida conjunta al exterior, mediante la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

Podrán acceder a los beneficios contenidos en el presente acuerdo:

a)    Aquellas pequeñas y medianas empresas (PYME), cualquiera que sea su configuración jurídica, con domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Álava, con algún centro de producción o de servicios ubicado en el Territorio Histórico de Álava y con una antigüedad mínima de un año, considerada desde la fecha de su constitución hasta la de presentación de la solicitud.

b)    Entidades tractoras que lideren proyectos de apoyo a Pymes alavesas en su proceso de internacionalización. Las entidades tractoras deberán tener su sede social y fiscal en Álava, a excepción de los agentes de la red vasca de ciencia y tecnología, para quienes será suficiente con disponer de un centro de producción o de servicios en Álava.

c)    Entidades sin ánimo de lucro, representativas del tejido productivo alavés y con experiencia contrastada en la promoción internacional de las empresas, con una trayectoria en este campo no inferior a tres años y con domicilio social y fiscal en Álava, y que no sean beneficiarias incluidas en el punto anterior.

 

Actividades subvencionables:

 

1. Serán subvencionables aquellas actuaciones que de manera indubitativa sean coadyuvantes a la puesta en marcha de proyectos de “Cooperación Empresarial para la Internacionalización”, tales como cooperación técnica, comercial, financiera o de otro tipo con empresas de otros países, así como la cooperación entre empresas alavesas para su salida conjunta al exterior.

 

Se entiende por cooperación empresarial para la internacionalización la participación conjunta y coordinada, de al menos dos Pymes alavesas, en un mismo proyecto de internacionalización.

 

Las actuaciones subvencionables podrán incluir:

 

–       Procesos de colaboración entre Pymes alavesas para su internacionalización (tanto en su fase inicial como en el acceso a nuevos mercados).

–       Acciones de cooperación inter-empresarial, como estrategia de acceso a mercados exteriores.

–       Elaboración de planes estratégicos de internacionalización, de estudios de mercado, de viabilidad técnica-económica, de marketing, etc.

–       Asesoramiento externo en aspectos legales, jurídicos, fiscales, financieros, etc.

–       Registro del producto en el mercado destino: homologaciones y certificaciones.

–       Acceso a plataformas de estructura internacional.

–       Viajes de prospección.

–       Misiones de prospección y/o comerciales.

–       Misiones inversas de potenciales aliados o colaboradores y socios internacionales de empresas alavesas.

–       Visitas a una potencial clientela o a personas o entidades colaboradoras.

–       Demostraciones o promociones internacionales de productos.

–       Participación y asistencia a ferias.

–       En general, aquellas acciones que se orienten a apoyar la apertura al exterior de las Pymes alavesas.

 

2. Proyectos orientados al acceso a procesos de concursos o licitaciones internacionales.

En este apartado sólo serán subvencionables las actividades previas de identificación y conformación de consorcios para acceder a concursos o licitaciones internacionales.

 

Gastos subvencionables de los proyectos:

 

  1. Gastos incurridos en los trabajos contratados a profesionales externos o empresas o entidades de servicios profesionales especializados en internacionalización para el desarrollo de actividades mencionadas en el artículo 4, así como otros gastos ligados al desarrollo del proyecto.
  2. Gastos de viaje y alojamiento, excluida la manutención.
  3. Participación en ferias en el exterior con stand y presentación de productos.
  4. Gastos de comunicación: gasto máximo subvencionable de 20.000 euros por proyecto.

–       Adaptación de páginas web.

–       Publicidad: creación e inserción publicitaria en medios de comunicación extranjeros y en Internet.

–       Material promocional: catálogos, folletos, videos, etc.

–       Servicio de traducción.

  1. Gastos de alquiler de vehículos y taxis.
  2. Gastos de inversión: gasto máximo subvencionable de 20.000 euros por proyecto:

–       Desarrollo de prototipos, modificaciones o adaptaciones de productos para su lanzamiento en nuevos mercados internacionales.

–       Registro del producto en el mercado destino: homologaciones, certificaciones y marca internacional.

–       Adquisiciones de software o desarrollos de plataformas tecnológicas necesarias para el proyecto de cooperación.

  1. Gastos internos: sueldos del personal, incluidas cotizaciones empresariales a la Seguridad Social, directamente vinculado al proyecto correspondientes a los días en los que se encuentre de viaje. Se establece un coste máximo subvencionable por proyecto de 200 euros por día y persona, con un tope anual de 6.000 euros por persona y de 18.000 euros por empresa o entidad sin ánimo de lucro.

 

Además, en los proyectos liderados por entidades tractoras se admiten sueldos de personal de las mismas, incluidas cotizaciones empresariales a la seguridad social, por el tiempo de dedicación de diseño, coordinación y puesta en marcha del proyecto aprobado. Este gasto interno, en ningún caso podrá superar el 20 por ciento del total de subvención concedida al proyecto.

 

En el caso de los trabajos orientados al acceso a procesos de concursos o licitaciones internacionales, serán subvencionables los gastos del personal dedicado a la gestión de las tareas de identificación y conformación de consorcios, con un gasto máximo subvencionable anual por persona de 5.000 euros y 10.000 por proyecto.

 

Cada solicitante podrá presentar un máximo de dos proyectos diferenciados.

 

Las facturas de otros países deberán estar acompañadas de su correspondiente traducción, excepto las emitidas en inglés.

 

Si dentro de un mismo proyecto existiesen actuaciones que a juicio del servicio de Desarrollo Económico no contribuyeran suficientemente a la mejora competitiva derivada del proyecto de internacionalización podrán ser excluidas a efectos del cálculo de la subvención a adjudicar.

 

Se autoriza la subcontratación hasta el 100 por ciento del presupuesto subvencionable, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 27 de la Norma Foral 11/2016 de 19 de octubre de Subvenciones y Transferencias del Territorio Histórico de Álava.

 

Las entidades beneficiarias deberán aplicar las conclusiones de sus estudios o proyectos objeto de ayuda en beneficio del Territorio Histórico de Álava.

 

Serán subvencionables los proyectos y/o gastos que se desarrollen con posterioridad

a la solicitud de la ayuda y se ejecuten con anterioridad al 1 de abril de 2020, inclusive.

 

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 1 de marzo de 2019 y finalizará el 1 de abril de 2019 a las 14.00 horas.

 

Más información:

http://www.araba.eus/botha/Boletines/2019/025/2019_025_00553_C.pdf

 

Para ampliar información a este respecto, puede ponerse en contacto nosotros en el teléfono 900.37.30.51 o dirigiendo un e-mail a la dirección: ayudas@sea.es