Aplazamiento del requisito de certificación “in situ” de diversos programas de ayudas

El Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras del Gobierno Vasco en su condición de gestor y promotor de varios programas de ayudas, ha considerado necesario fijar la posibilidad de que las empresas beneficiarias de los programas en las que se establece, que con carácter previo al pago, las inversiones declaradas sean objeto de inspección in situ, independientemente de cuál fuera su convocatoria, puedan solicitar un aplazamiento del requisito de certificación in situ para el pago de las inversiones realizadas sin necesidad de la citada inspección.

La certificación in situ de las inversiones autorizadas para ser ejecutadas en el ejercicio 2020, que se exige como requisito previo al pago de las inversiones realizadas, en algunas de las líneas de ayudas incluidas en los programas enumerados a continuación, queda sustituida, durante el periodo en que se mantengan en vigor las medidas dictadas como consecuencia de la declaración de estado de alerta, por la presentación de una declaración responsable.

 

¿Qué contendrá la declaración responsable?

Además de la firma reconocida de la persona o entidad solicitante:

a)    Una memoria justificativa y adecuadamente motivada en la que se detalle:

–       la dificultad por la que atraviesa la empresa consecuencia de la crisis provocada por el Covid-19;

–       la existencia real de los bienes objeto de ayuda;

–       que la inversión se encuentra en el establecimiento productivo de dicha empresa.

b)    La necesidad del pago consecuencia de la crisis provocada por el Covid-19.

c)    Una fotografía de cada elemento para el que se solicita el pago, donde, si procede, a través de una referencia externa, placa del fabricante u otras reseñas, se deduzca inequívocamente la relación entre el elemento subvencionable y la factura presentada.

Todo ello sin perjuicio del deber de cumplir con la obligación de presentar la documentación justificativa de la inversión o gasto que en cada ayuda establece la normativa que le es de aplicación.

Analizada la información, por los servicios técnicos responsables de la gestión de cada programa, se procederá al abono de las cuantías que correspondan, que tendrán la consideración de pagos a cuenta o pagos anticipados hasta la realización de la comprobación in situ.

Cuando las circunstancias lo permitan, se realizará la comprobación in situ y se cotejará con lo declarado responsablemente. En el supuesto de que no coincida lo declarado responsablemente y la comprobación in situ realizada, se podrá iniciar, por el órgano competente, un expediente de reintegro conforme a lo dispuesto en el Decreto 698/1991, de 17 de diciembre, sobre garantías y reintegros de las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el artículo 53 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco y en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin perjuicio de las demás acciones que procedan.

¿Qué programas podrán acogerse al pago extraordinario adelantado?

  1. Orden de 27 de abril de 2016, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se aprueban, para el año 2016, las bases de la convocatoria de ayudas a la transformación y comercialización de productos agrarios, alimentarios y los derivados de la pesca y la acuicultura (Programa Lehiatu Berria) (BOPV n.º 87/2016).
  2. Orden de 28 de junio de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se aprueban, para el año 2017, las bases de la convocatoria de ayudas a la transformación y comercialización de productos agrarios, alimentarios y los derivados de la pesca y la acuicultura (BOPV n.º 135/2017).
  3. Orden de 27 de diciembre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se aprueban, para el año 2018, las bases de la convocatoria de ayudas a la transformación y comercialización de productos agrarios, alimentarios y los derivados de la pesca y la acuicultura (Programa Lehiatu Berria) (BOPV n.º 247/2017).
  4. Orden de 17 de junio, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se aprueban, para el año 2019, las bases de la convocatoria de ayudas a la transformación y comercialización de productos agrarios, alimentarios y los derivados de la pesca y la acuicultura (Programa Lehiatu Berria) (BOPV n.º 119/2019).
  5. Orden de 10 de octubre de 2019, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan, para el año 2019, ayudas a proyectos de inversión en el sector vitivinícola, bajo el régimen de ayudas de minimis (Programa Ardoinb) (BOPV n.º 199/2019).
  6. Orden de 24 de enero de 2018, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan para el año 2018 las ayudas a las acciones y los programas de información y promoción en terceros países de productos vinícolas, y las ayudas a la inversión del programa de apoyo al sector vitivinícola (Programa OCM Vino Inversión) (BOPV n.º 22/2018).
  7. Orden de 4 de diciembre de 2018, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan para el año 2019 las ayudas a las acciones y los programas de información y promoción, en terceros países, de productos vinícolas, y las ayudas a la inversión del programa de apoyo al sector vitivinícola (Programa OCM Vino Inversión) (BOPV n.º 238/2018).
  8. Orden de 10 de octubre de 2018, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan, para el año 2018, ayudas acogidas al régimen de minimis del programa de promoción de la calidad gastronómica, Gastrobikain (BOPV n.º 209, de 30-10-2018).
  9. Orden de 27 de septiembre de 2019, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan, para el año 2019, ayudas acogidas al régimen de minimis del programa de promoción de la calidad gastronómica, Gastrobikain (BOPV n.º 193, de 10-10-2019).
  10. Orden de 26 de julio de 2018, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se establecen, para el ejercicio 2018, las bases reguladoras de las ayudas a proyectos al amparo de la estrategia de desarrollo local participativo (EDLP), aprobada al grupo de acción local del sector pesquero (GALP) para el desarrollo sostenible de las zonas de pesca en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) 2014-2020 (BOPV n.º 151, de 07-08-2018).
  11. Orden de 3 de julio de 2019, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se establecen, para el ejercicio 2019, las bases reguladoras de las ayudas a proyectos al amparo de la estrategia de desarrollo local participativo (EDLP), aprobada al grupo de acción local del sector pesquero (GALP) para el desarrollo sostenible de las zonas de pesca en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) 2014-2020 (BOPV n.º 147, de 06-08-2019).
  12. Orden de 28 de septiembre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras por la que se aprueban, para el año 2017, las bases de la convocatoria de las ayudas al sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV n.º 200, de 19-10-2017).
  13. Orden de 10 de octubre de 2018, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se aprueban, para el año 2018, las bases de la convocatoria de las ayudas al sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV n.º 211, de 02-11-2018).
  14. Orden de 16 de octubre de 2019, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se aprueban, para el año 2019, las bases de la convocatoria de las ayudas al sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV n.º 209, de 04-11-2018).
  15. Orden de 27 de diciembre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan, para el ejercicio 2018, las ayudas destinadas al desarrollo y a la diversificación económica de las zonas rurales clasificadas G4, G5 y G6 según el estudio «Definición Técnica de Zonas Rurales» (BOPV n.º 247, de 29 de diciembre de 2017).
  16. Orden de 2 de enero de 2018, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan las ayudas destinadas a la promoción y al desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco clasificadas G4, G5 y G6 (BOPV n.º 13, de 18 de enero de 2018).
  17. Orden de 14 de diciembre de 2016, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan, para el ejercicio 2017, las ayudas destinadas a la promoción y al desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV n.º 248, de 30 de diciembre de 2016).
  18. Orden de 20 de marzo de 2018, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan, para el año 2018, las ayudas a la promoción y desarrollo de las zonas litorales de la comunidad autónoma del País Vasco (Programa Itsaspen) previstas en los Capítulos II y III del Decreto 22/2012, de 21 de febrero (BOPV n.º 65, de 5 de abril de 2018).
  19. Orden de 12 de diciembre de 2018, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan, para el ejercicio 2019, las ayudas al desarrollo y a la diversificación económica de las zonas rurales clasificadas G4, G5 y G6 dirigidas a entidades de carácter privado (Erein Privados).
  20. Orden de 12 de diciembre de 2018, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan, para el ejercicio 2019 las ayudas destinadas a la promoción y al desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, clasificadas G4, G5 y G6, dirigidas a entidades de carácter público (Erein Públicos).
  21. Orden de 24 de abril, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se regulan, para el ejercicio 2018, las ayudas destinadas a la promoción, al desarrollo y a la diversificación económica de los municipios rurales incluidos en la zona Leader aprobada en el marco del Programa de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020.
  22. Orden de 21 de enero de 2019, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan, para el año 2019, las ayudas a la promoción y desarrollo de las zonas litorales de la comunidad autónoma del País Vasco (Programa Itsaspen), previstas en los Capítulos II y III del Decreto 22/2012, de 21 de febrero.
  23. Orden de 31 de mayo de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan, para el ejercicio 2017, las ayudas destinadas al desarrollo y a la diversificación económica de las zonas rurales clasificadas G4, G5 y G6 (BOPV n.º 114, de 16 de junio de 2017).
  24. Orden de 11 de octubre de 2017, por la que se regulan las ayudas destinadas a la promoción, al desarrollo y a la diversificación económica de los municipios rurales incluidos en la zona Leader aprobada en el marco del Programa de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020 (BOPV n.º 209, de 2 de noviembre de 2017).

Para poder concederse el pago adelantado, las personas beneficiarias de las líneas de ayudas afectadas deberán presentar la indicada declaración responsable, en la que al mismo tiempo se solicitará el pago.

La declaración responsable no tendrá un modelo normalizado y se presentará en la forma y por los canales previstos en las disposiciones o actos que regulan y convocan los diversos programas de ayudas a los que afecte.

 

Más información:

https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2020/04/2001864a.pdf

 

Para ampliar información a este respecto, puede ponerse en contacto nosotros en el teléfono 900.37.30.51 o dirigiendo un e-mail a la dirección: ayudas@sea.es