Principales cambios regulatorios a partir del 1 de junio de 2021 en el sector eléctrico

 

A partir del 1 de junio de 2021 se producirán una serie de modificaciones regulatorias en el sector eléctrico, las cuales darán lugar a diferentes cambios que influirán en el cálculo y los costes correspondientes de los términos regulados, dentro de la diferente tipología de puntos de suministro existentes actualmente. Concretamente:

 

  1. Se modifica el calendario de periodos

 

  1. Cambia la denominación administrativa y estructuras de facturación

 

  1. Se modifica el cálculo del término de potencia y del término de energía

Para todos los suministros, se duplica el cálculo del “Término de Potencia” y del “Término de Energía”. Aunque las fórmulas de cálculo no se modifican, cada uno de estos conceptos se desglosa en dos subconceptos a facturar, que se detallarán en la factura de electricidad.

 

  1. Cambia también el cálculo de los excesos de potencia

En los suministros con Potencia Contratada entre 15 kW y 50 kW, tanto en Baja como en Alta Tensión, se establece una nueva fórmula para realizar el cálculo de los Excesos de Potencia.

 

  1. Se introduce el concepto de “Penalización por exceso de reactiva capacitiva”

Se introduce este nuevo concepto. Aunque inicialmente el coste de esta penalización es de 0,00.- €, se indica la posibilidad de que pueda aumentar en un futuro

 

  1. Se prorratea el importe anual del “Termino de potencia”

El importe anual del “Término de Potencia” se prorrateará mensualmente, de acuerdo al número de días de cada mes de facturación, y afecta a todos los suministros.

 

  1. 6 de enero, festivo eléctrico

El día 6 de enero será considerado festivo eléctrico para todos los suministros.

 

  1. A partir del 1 de junio, se podrá cambiar la potencia dos veces

A partir del 1 de junio, y con objeto de adaptar las potencias contratadas a los nuevos periodos, se permitirá realizar 2 cambios de potencia extraordinarios durante los 12 meses siguientes. Esto da pie a reducir potencias aprovechando que desde agosto hasta octubre no hay periodos 1 ni 2.

 

  1. Consideraciones de SEA Empresas Alavesas

Fuente: circular “Principales cambios regulatorios a partir del 1 de junio de 2021”. Grupo ASE, asesor de SEA en materia de energía.

 

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