Ayudas económicas destinadas a fomentar la implantación de pequeñas empresas en el municipio de Amurrio

 

El Ayuntamiento de Amurrio ha publicado en el BOTHA el Extracto de la Resolución de 10 de octubre de 2019 de la Junta de Gobierno Local por la que se convocan ayudas económicas destinadas a fomentar la implantación de pequeñas empresas en el municipio de Amurrio.

Este programa está dirigido a fomentar la implantación de las pequeñas empresas del ámbito del comercio minorista, turismo, hostelería, servicios e industria ubicados en el término municipal de Amurrio.

Estas ayudas económicas tienen la forma de subvenciones a fondo perdido.

Podrán ser beneficiarias las personas, físicas o jurídicas, con actividad mercantil, que cumplan las siguientes condiciones:

a)    Que su plantilla no supere las 10 personas empleadas.

b)    Que no se halle vinculada o participada en más de un 25 por ciento por empresas que no reúnan alguno de los requisitos anteriormente expuestos.

c)    El domicilio social de la empresa/negocio deberá estar situado dentro de los límites del término municipal de Amurrio.

d)    Empresarios individuales: haberse dado de alta en el IAE y en la Seguridad Social en el periodo comprendido entre el 21 de noviembre del año 2018 y el 20 de noviembre de 2019 y que no hayan estado de alta desarrollando la misma actividad los últimos 3 años, previos a la fecha del alta por el que solicitan la subvención.

En el caso de que no se trate de empresario individual, los socios de la empresa constituida, sea cual sea la forma societaria elegida, no podrán haber estado de alta desarrollando la misma actividad los últimos 3 años previos a la fecha de alta por el que solicitan la subvención.

En cualquier caso, empresario individual o no, estarán eximidos de la obligación de darse de alta en la Seguridad Social en el periodo arriba mencionado si ya estuviesen previamente de alta en dicho régimen por el desarrollo de otra actividad que les obligue a ello

En el caso de que se trate de traspasos de empresas ya constituidas, el alta en el IAE y en la Seguridad Social podrá ser anterior al periodo referenciado, pero se deberá demostrar documentalmente el cambio de titularidad del negocio y el desembolso económico efectuado.

e)    Estar empadronados en el término municipal de Amurrio, con una antigüedad mínima de 2 años, para los empresarios individuales.

En el caso de que la empresa esté constituida por varios socios, deberán estar todos ellos empadronados en Amurrio con una antigüedad mínima de 2 años para poder optar al máximo de subvención previsto. Si alguno/s de los socios no estuviese empadronado, se prorrateará la subvención a recibir por el proyecto empresarial, teniendo en cuenta el porcentaje de socios empadronados sobre el total de socios de la empresa.

f) Encontrarse al corriente de sus obligaciones frente a las diferentes administraciones públicas con las que tengan exigencias de carácter tributario, así como al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, tanto la empresa (sea empresario individual o sociedad) así como cada uno de los integrantes de sociedad civil o sociedad mercantil)

g) Las empresas solicitantes habrán de cumplir estrictamente la normativa vigente respecto a la actividad económica que desarrollen.

h) En cualquier caso, quedan excluidas de las presentes ayudas las sociedades públicas y entidades de derecho público, así como las entidades sin ánimo de lucro y las que realicen actividades asociativas o profesionales (asociaciones, colegios profesionales, etc.)

Se consideran subvencionables: gastos de constitución de la empresa, gastos de puesta en marcha de la actividad, gastos de arrendamiento del local donde se desarrolla la actividad empresarial, gastos de marketing, y representación, las inversiones realizadas para el desarrollo de la actividad y otros de naturaleza análoga. Se considerarán las inversiones y gastos sin IVA. Se excluyen específicamente los gastos incurridos para la compra de circulante (materia prima, productos, etc.)

La subvención ascenderá a 1.500,00 euros, por proyecto empresarial, excepto para aquellos beneficiarios que cuenten con un local expresamente destinado al proyecto, a los cuales se les incrementará la subvención en un 75 por ciento. En el caso de que examinadas las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos exigidos, la partida presupuestaria resulte insuficiente para conceder las subvenciones máximas anteriormente mencionadas a cada una de las empresas constituidas, el total de la partida presupuestaria se prorrateará entre el total de beneficiarios, respetando los porcentajes anteriores.

 

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 20 de noviembre de 2019.

 

Más información:https://www.araba.eus/botha/Boletines/2019/079/2019_079_02037_C.pdf

 

Para ampliar información a este respecto, puede ponerse en contacto nosotros en el teléfono 900.37.30.51 o dirigiendo un e-mail a la dirección: ayudas@sea.es