Decreto 16/2021 de 26 de marzo del Lehendakari: Cierre perimetral de Álava, Vitoria-Gasteiz y otros 4 municipios alaveses, restricciones horarias en interior de establecimientos hosteleros. ( 06/04/21)

 

El Departamento de Salud del Gobierno Vasco ha actualizado hoy martes 6 de abril el listado de territorios y municipios vascos con tasa igual o superior a 400 positivos Covid por cada 100.000 habitantes, umbral que determina la aplicación de las restricciones de movilidad y limitaciones de horarios en la Hostelería, que contempla el Decreto 16/2021, de 26 de marzo pasado.

De esa forma, con efectos desde las 00:00 horas de mañana miércoles 7 de abril, resultan ser de aplicación las siguientes limitaciones:

1.- Cierre perimetral y territorial:

Se siguen manteniendo las restricciones de entrada y salida de personas de la CAPV.

Se establece la restricción de entrada y salida de personas del territorio histórico de Álava, y a su vez de los municipios de Vitoria-Gasteiz, Elciego, Iruña de Oca, Labastida y Legutio (permitiéndose no obstante la movilidad entre municipios colindantes de tránsito habitual para realizar compras y actividad física al aire libre).

En todo caso estarán permitidos aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos previstos en el artículo 6.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre:

La siguiente revisión de municipios que igualen o superen la tasa de 400 tendrá lugar el lunes 12 de abril próximo, con efectos al día siguiente.

2.- Hostelería y Restauración:

A partir de las 00:00 horas del miércoles 7 de abril de 2021, en los municipios de VITORIA-GASTEIZ, Elciego, Iruña de Oca, Labastida y Legutio; los establecimientos de Hostelería y Restauración (incluidos locales de juegos y apuestas) deberán reducir su horario de atención al público en el interior de sus locales a las dos siguientes franjas horarias:

El resto de medidas que afectan a la actividad se mantienen invariables, como hasta ahora (limitación de aforo en interior al 50%, ofrecer servicio en terrazas al aire libre asegurando distancia de, al menos, 1,5 metros entre personas sentadas en mesas diferentes; agrupaciones de clientes por mesa/s sin superar el número máximo de 4 personas, prohibición de cualquier consumo en barra o de pie).

La próxima revisión de municipios que igualen o superen la tasa de 400 tendrá lugar el martes 6 de abril próximo, con efectos al día siguiente.

            3.- Limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados:

Se mantiene la limitación sobre la permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, así como en espacios de uso privado, condicionada a que no se supere el número máximo de 4 personas, salvo que se trate de convivientes, y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público, o respecto a personas menores o dependientes.

Hasta el 9 de abril de 2021, la permanencia de grupos de personas en espacios privados se limitará a convivientes.

Para resolver cualquier duda o aclaración que sobre esta materia pudieran precisar, no dejen de plantearnos sus consultas.

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