El Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Álava ha aprobado la modificación de las bases reguladoras de las ayudas a las explotaciones agrarias en zonas con limitaciones naturales y otras zonas con limitaciones específicas del Territorio Histórico de Álava, así como la convocatoria de esta línea de ayudas para 2020.
¿Cómo se concederán estas ayudas?
Estas ayudas se concederán con carácter anual, en función de la superficie agrícola de la explotación declarada en la correspondiente solicitud única anual o de la que se determine tras los controles, que se encuentre ubicada en zonas de montaña o en las zonas desfavorecidas distintas de las de montaña.
¿Cuál será la superficie máxima subvencionable?
La superficie máxima subvencionable por explotación será de 30 hectáreas, a las que se aplicará los siguientes porcentajes:
- Para las primeras 15 ha. o menos, se abonará el 100 por cien de la ayuda.
- Para las siguientes 10 ha., se abonará el 60 por ciento de la ayuda.
- Para las siguientes 5 ha., se abonará el 20 por ciento de la ayuda.
- La superficie por encima de las 30 ha, no generará derecho a prima. Dentro de cada tramo, el cálculo se efectuará teniendo en cuenta la superficie en cada una de las zonas desfavorecidas comenzando por la situación más favorable al beneficiario (ayuda a zona de montaña).
En las explotaciones asociativas, se incrementan los pagos proporcionalmente al número de socios considerados agricultores a título principal, hasta un máximo de dos ATP por explotación asociativa (y como máximo 60 ha/explotación).
A todos los efectos, se tendrán en cuenta en primer lugar las superficies ubicadas en el territorio histórico o comunidad autónoma donde se presenta la solicitud única.
¿Cómo se calculará el importe de la ayuda?
El importe de ayuda se calculará teniendo en cuenta que la prima por hectárea para las superficies ubicadas en zonas de montaña será de 297,00 euro/ha. y en otras zonas con limitaciones naturales 214,00 euro/ha.
No se concederán aquellas ayudas cuyo importe solicitado sea menor a 300,00 euros.
¿Cuáles son las líneas de ayuda?
– Pagos compensatorios en Zonas de Montaña, (Medida M13.1 del Programa de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020).
– Pagos compensatorios para otras zonas con limitaciones naturales significativas o zonas desfavorecidas distintas de las de montaña (Medida M13.2 del Programa de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020).
Plazo de presentación de solicitudes de ayuda: hasta el día 30 de abril de 2020.
Más información:
http://www.araba.eus/botha/Boletines/2020/046/2020_046_01014_C.pdf
Para ampliar información a este respecto, puede ponerse en contacto nosotros en el teléfono 900.37.30.51 o dirigiendo un e-mail a la dirección: ayudas@sea.es