Ayudas para la participación de personas trabajadoras en empresas (20-07-2021)

 

El Departamento de Trabajo y Empleo de Gobierno Vasco convoca ayudas para la participación de personas trabajadoras en empresas.

Estas ayudas se dividen en:

1. Participación de las personas trabajadoras en las empresas que son de economía social.

¿Qué actuaciones serán subvencionables?

Estas ayudas tendrán la consideración de subvenciones cuyos gastos irán dirigidos a financiar el desarrollo e implantación de métodos y herramientas que faciliten y mejoren la participación de las personas trabajadoras en la gestión y en los órganos de las Empresas de Economía Social.

Las acciones subvencionables deberán iniciarse durante el año en curso y deberán finalizar con anterioridad al 1 de diciembre de 2021.

¿Quiénes podrán ser entidades beneficiarias?

Las empresas de economía social que desarrollen su actividad principalmente en la Comunidad Autónoma Vasca, y que la realicen para los centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

¿Cuál será la cuantía de las subvenciones?

La cuantía de la subvención será el 75% del coste de la actividad subvencionada según el presupuesto aprobado por la Dirección de Economía Social, con un límite de 10.000 euros.

2. Participación de las personas trabajadoras en las empresas que no son de economía social.

¿Qué actuaciones serán subvencionables?

Estas ayudas tendrán la consideración de subvenciones cuyos gastos irán dirigidos a financiar alguna de las siguientes actividades:

a. La elaboración e implantación de un Plan de participación de personas trabajadoras realizado con el apoyo y asesoramiento de una Entidad Consultora.

b. El diseño de herramientas para definir modelos para la participación de las personas trabajadoras en empresas.

c. Actividades de difusión del modelo de empresa participada.

Las acciones subvencionables deberán iniciarse durante el año en curso y deberán finalizar con anterioridad al 1 de diciembre de 2021.

¿Quiénes podrán ser entidades beneficiarias?

Podrán acogerse a las ayudas previstas en el apartado a) anterior las empresas que no sean de economía social, que desarrollen su actividad principalmente en la Comunidad Autónoma de Euskadi y que la realicen para los centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Podrán acogerse a las ayudas previstas en los apartados b) y c) anteriores las estructuras asociativas de empresas de economía social.

¿Cuál será el contenido del Plan de Participación?

El Plan se realizará de forma participativa con los órganos de gobierno, gestión y administración de la sociedad o empresa en sus diversos niveles y contendrá los siguientes datos:

a. Características de la empresa o centro de trabajo: actividad, tamaño, estructura de capital, perfil de las personas empleadas, existencia de vínculos familiares entre el empresario o la empresaria o quienes tengan parte en el capital social, con especial incidencia en su situación y viabilidad económica.

b. Antecedentes de participación: situación actual del clima participativo en la empresa y su relación con experiencias previas.

c. Propuesta de participación: actividades a desarrollar y mecanismos a implantar, con especial mención del itinerario que, comenzando por la participación en la gestión, avance mediante la participación en las decisiones y en los resultados, posibilitando finalmente la participación económica en la empresa.

¿Cuál será la cuantía de las subvenciones?

La cuantía de la subvención para todos los supuestos del presente capítulo será el 75% del coste estimado según el presupuesto aprobado y validado por la Dirección de Economía Social, con un límite de 10.000 euros.

¿Cuál será el plazo para la presentación de solicitudes?

Plazo para la presentación de solicitudes: Finalizará el 17 de septiembre de 2021.

Más información:

https://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2021/07/2104082a.pdf

 

Para ampliar información a este respecto, puede ponerse en contacto nosotros en el teléfono 900.37.30.51 o dirigiendo un e-mail a la dirección: ayudas@sea.es