Programa Lehiatu Ardoa (09-09-21)

 

El Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente de Gobierno Vasco ha convocado, para el ejercicio 2021, las ayudas a la promoción exterior de las empresas vinícolas, «Programa Lehiatu Ardoa».

¿Cuál será el objeto de este programa?

A la vista de las actuales dificultades que presenta el comercio exterior de los productos vinícolas, el objeto del presente programa es convocar, para el ejercicio 2021, ayudas a las empresas vinícolas de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la promoción exterior de sus productos y fomentar nuevas salidas comerciales («Programa Lehiatu Ardoa»).

Los productos vinícolas objeto de promoción, deben elaborarse en un establecimiento sito en la CAPV y deben pertenecer a alguna de las siguientes categorías:

  1. Vinos con denominación de origen protegida.
  2. Vinos con indicación geográfica protegida.
  3. Vinos en los que se indique la variedad o variedades de uva de vinificación.

¿Quiénes podrán ser beneficiarias?

Podrán serlo las siguientes, siempre que tengan su sede social y domicilio fiscal en la CAPV:

  1. Empresas vinícolas que cuenten con un establecimiento activo en el Registro de Industrias Agrarias y Alimentarias de la C.A. del País Vasco (RIAA).
  2. Órganos de gestión de las denominaciones de origen Getariako Txakolina, Bizkaiako Txakolina y Arabako Txakolina.
  3. Asociaciones temporales o permanentes de productores que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización del vino.
  4. Consorcios de exportación con sede social en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que reúnan los siguientes requisitos:

¿Cuáles serán las actividades subvencionables y los gastos financiables?

Podrán acogerse a la presente convocatoria de ayudas las siguientes actividades, las cuales deberán desarrollarse en su totalidad en el año 2021:

  1. La participación como expositor o expositora en ferias o certámenes comerciales de carácter profesional e internacional, con el fin de desarrollar las actividades comerciales mediante la presentación de sus productos a través de la instalación de stands individuales o compartidos.
  2. La asistencia a ferias, consistentes en visitas realizadas por la persona solicitante a ferias de carácter profesional e internacional.
  3. Las misiones directas y la presentación de productos en mercados exteriores al Estado consisten en la presentación y/o degustación de los productos de la empresa solicitante, con el objetivo de incrementar las relaciones comerciales y la exportación de sus productos a ese mercado exterior.
  4. Misiones inversas, consistentes en la invitación a personas compradoras o prescriptoras extranjeras para que visiten a las empresas en sus establecimientos productivos, realizadas exclusivamente en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  5. Actividades puntuales y específicas de promoción en punto de venta exclusivamente en mercados exteriores al Estado, que consiste en publicitar y degustar el producto para obtener el reconocimiento de la persona consumidora. Cada una de estas actividades puntuales y específicas de promoción tendrán una duración máxima de tres meses.
  6. Catálogos y materiales audiovisuales, consistentes en realizar materiales divulgativos sobre la imagen y los productos de la empresa, realizados al menos en un idioma extranjero.

Para la realización de las actividades de promoción indicadas en el apartado anterior, puntos a) y b) se consideran elegibles todos los mercados exteriores a la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Para la realización de las actividades de promoción indicadas en el apartado anterior, puntos c) y e) se consideran elegibles todos los mercados exteriores al Estado.

Para los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención, en cada una de las actividades, el importe global máximo por áreas geográficas es el que se indica a continuación:

  1. A. de Euskadi y resto del Estado: 1.000 euros.
  2. Europa: 1.500 euros.
  3. América, África, Asia y Oceanía: 2.500 euros.

Una misma actividad realizada en diferentes fechas y/o en diferentes mercados, computará individualmente para aplicar este importe máximo indicado.

Queda excluida de ser subvencionada la participación en ferias donde exista un stand del Departamento promotor de la presente convocatoria o Cámaras de Comercio Industria y Navegación, u organismos que apoyen financieramente a las empresas en el comercio exterior, y donde se haya ofertado espacio ferial a las empresas vascas. No obstante, sí serán subvencionables aquellos gastos que no se hayan beneficiado de subvención. Dicha exclusión no afectará a las empresas que habiendo solicitado dicho espacio a las entidades anteriormente citadas no hayan podido ser atendidas en sus peticiones.

Incompatibilidad.

Las acciones subvencionadas en esta convocatoria, no podrán ser subvencionadas por el Programa Lehiatu Promoción, cuya normativa reguladora se encuentra en el Decreto 179/2014 de ayudas a la promoción de los productos agrarios, alimentarios, pesqueros y forestales en mercados exteriores a la Comunidad Autónoma del País Vasco, ni por el programa OCM Promoción regulado en Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español y en el Decreto 227/2014 de 9 de diciembre, de desarrollo y aplicación de las medidas de apoyo comunitarias al sector vitivinícola de la Comunidad Autónoma de Euskadi ni por cualesquiera otros programas de ayudas que tuvieran el mismo fin.

¿Cuál será el plazo de presentación de solicitudes?

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el BOPV (08/09/2021).

Más información:

https://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2021/09/2104667a.pdf