Programa Investigo (04-11-22)

 

Lanbide-Servicio Vasco de Empleo ha publicado la convocatoria de ayudas destinadas a la financiación del «Programa Investigo» en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

¿Cuál será el objeto de este programa?

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de las subvenciones del «Programa Investigo», regulado en la Orden TES/1267/2021, de 17 de noviembre, a organismos de investigación y difusión de conocimientos, universidades públicas, centros tecnológicos, parques científicos y tecnológicos, entidades públicas sujetas a derecho privado, y entidades privadas sin ánimo de lucro, junto con empresas que estén invirtiendo en investigación e innovación pertenecientes al sector público o privado, por la contratación de personas jóvenes demandantes de empleo, en el marco del «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- financiado por la Unión Europea-NextGeneration EU.»

¿Quiénes podrán ser beneficiarios de la subvención?

Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta convocatoria, previa solicitud cursada al efecto, los siguientes organismos, centros y entidades de investigación y de difusión de conocimientos con domicilio fiscal y social en la Comunidad Autónoma de Euskadi:

  1. Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  2. Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  3. Centros e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+i.
  4. Institutos de investigación biomédica o sanitaria acreditados por orden ministerial.
  5. Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
  6. Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, tengan la I+D+i como actividad principal.
  7. Centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que tengan definida en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, la I+D+i como actividad principal.
  8. Empresas pertenecientes al sector público o privado, que estén invirtiendo en la realización de iniciativas de investigación e innovación contempladas en esta convocatoria.
  9. También podrán ser entidades y centros beneficiarios, los centros de I+D a que se refiere la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, y los centros públicos de investigación agraria y alimentaria de la Comunidad Autónoma, integrados en las Consejerías responsables de la investigación agroalimentaria de las Comunidad Autónoma, participantes en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CCAA. Si alguno de ellos careciese de personalidad jurídica propia, constará como beneficiaria la administración pública a la que pertenezca.

¿Qué actuaciones serán subvencionables?

Podrán ser objeto de subvención al amparo de la presente convocatoria la contratación de personas jóvenes en la modalidad de contrato que mejor se ajuste a las circunstancias concretas de cada iniciativa acorde con la legislación vigente, para el desarrollo y ejecución de las funciones, tareas e iniciativas de investigación e innovación, que sean competencia de las entidades y centros beneficiarios dentro del Programa Investigo.

Las iniciativas de innovación e investigación y las de los departamentos de I+D+i se desarrollarán preferentemente en ocupaciones referidas a sanidad, transición ecológica, economía verde (energías renovables, tratamiento de aguas y residuos e industria agroalimentaria), y digitalización de servicios y «Data science».

En cualquier caso, las ofertas de empleo deberán ser gestionadas por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

Las contrataciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

No se podrán contratar personas jóvenes que hayan desempeñado cualquier tipo de puesto de investigación en la misma entidad, empresa o grupo de empresas en el plazo de 6 meses inmediatamente anteriores.

La duración de los contratos será de un mínimo de 12 meses.

La duración de la subvención será de un máximo de dos años.

Los contratos habrán de ser a tiempo completo.

Las personas contratadas deberán desarrollar las funciones, tareas e iniciativas de investigación e innovación que sean competencia de las entidades y centros beneficiarias dentro del Programa Investigo. La competencia podrá ser originaria o bien ejercida por delegación, encargo o encomienda.

¿Qué gastos serán subvencionables y cuál será la cuantía de la subvención?

Las subvenciones a otorgar para la contratación se destinarán a la financiación de los costes laborales y salariales, incluyendo los gastos de cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, de las personas jóvenes que sean contratadas para el desarrollo y ejecución de las iniciativas de investigación e innovación del Programa Investigo.

El importe de la subvención a conceder por estos conceptos se calculará en función de las previsiones recogidas en el proyecto presentado del número de personas a contratar, los años (o meses en su caso) de contratación de cada una de ellas y el siguiente módulo a aplicar según el grupo de cotización de la Seguridad Social que corresponda:

Modulo A: el módulo ascenderá a 22.405,94 euros por persona contratada y año de contratación (1.867,16 euros por mes), en el caso de contratos en los grupos de cotización de la Seguridad Social 9 a 5, ambos inclusive.

Módulo B: el módulo ascenderá a 33.108,92 euros por persona contratada y año de contratación (2.759,07 euros por mes), en el caso de contratos en los grupos de cotización de la Seguridad Social 4 a 1, ambos inclusive.

¿Qué requisitos deberán cumplir las personas contratadas?

Las personas que sean contratadas deberán cumplir los siguientes requisitos al inicio del contrato:

  1. Ser joven mayor de 16 y menor de 30 años.
  2. Residir en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  3. Estar desempleada e inscrita y de alta como demandante de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
  4. Cumplir los requisitos exigidos para la modalidad de contrato que se formalice, ajustándose a las circunstancias concretas de cada iniciativa, acorde con la legislación vigente.
  5. Estar capacitada para llevar a cabo proyectos de investigación en calidad de investigadoras, tecnólogas, personal técnico y otros perfiles profesionales en I+D+i, así como en su caso el personal de apoyo a la investigación, facilitando su inserción laboral tanto en el sector público como en el privado para contribuir a incrementar la competitividad de la investigación y la innovación. Como personal de apoyo se podrá contratar hasta un 10 por ciento del total de puestos de trabajo ofertados, excluyéndose en todo caso los trabajos de apoyo administrativo.

¿Cuál será el plazo para la presentación de solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 1 de febrero de 2022 hasta el 31 de octubre de 2023.

 

Más información:

https://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2021/12/2106486a.pdf

Para ampliar información a este respecto, puede ponerse en contacto nosotros en el teléfono 900.37.30.51 o dirigiendo un e-mail a la dirección: ayudas@sea.es