Convenio de Comercio del Mueble de Álava 2013-2014

Con fecha 7 de abril de 2014 se firma del nuevo Convenio Colectivo del Comercio del Mueble de Álava 2013-2014 (BOTHA, 13 de junio 2014) , entre SEA Empresarios Alaveses y los sindicatos U.G.T. y CC.OO.

Los principales contenidos del Convenio firmado, de eficacia general en el sector, resultan ser los siguientes:

VIGENCIA: 2 años  (2013 y 2014).

ULTRACTIVIDAD: 24 meses, a contar desde el 31/12/2014.

JORNADA LABORAL: Se mantiene invariable en 1752 horas, durante los dos años de vigencia.

DISTRIBUCION IRREGULAR DE JORNADA: Aún cuando no se especifica nada al respecto, las empresas podrán distribuir irregularmente hasta un 10% de la jornada anual, en los términos previstos en el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores.

VACACIONES: Se adecua su redacción a los términos previstos en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores.

SALARIOS: Se mantienen las tablas salariales de 2012 durante toda la vigencia del Convenio.

PLUS EXTRASALARIAL: Se da nueva redacción al artículo especificando que solo retribuye los gastos de transporte y el Plus de distancia.

INAPLICACIÓN DEL CONVENIO: Se garantiza la aplicación de lo dispuesto en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores (arbitraje del organismo autonómico, si antes no existe acuerdo entre las partes).

SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: Se suprime la obligación que tenían las empresas de más de 6 trabajadores de contratar con un Servicio de Prevención Ajeno la acción preventiva. A partir de ahora la empresa puede optar por cualquier modalidad preventiva prevista en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

RESTO DE CONTENIDOS: Mantenimiento de las demás condiciones que establecía el anterior Convenio.