Programa de apoyo al crecimiento y emprendimiento industrial (09-02-22)

 

Elkargi ha puesto en marcha un programa a través del cual se ofrece a la pyme industrial la mejor financiación al emprendimiento y crecimiento de sus proyectos desde Europa. En concreto, pone al alcance de la industria los fondos europeos Next al 0%. Las empresas podrán financiar proyectos con Elkargi, sin tener que pagar intereses a la Entidad Financiera. Tampoco pagarán comisión de estudio, ni comisión de aval.

¿Cuál es el objetivo de este programa?

Promover el crecimiento de las empresas industriales de menor tamaño y también el impulso a nuevos proyectos de emprendimiento industrial.

¿Quiénes se pueden beneficiar?

PYMEs cuya actividad se desarrolle en los sectores manufactureros y servicios a la industria.

¿A qué tipo de proyectos se dirige este programa?

Nuevos proyectos industriales. Emprendimiento:

Proyectos de creación de nuevos establecimientos industriales o realizados por una PYME que haya sido creada o iniciado su actividad en los 3 años anteriores a la fecha de formalización.

Inversión de PYME Indusrial. Crecimiento:

Proyectos de inversión de PYME dirigidos a un cambio de escala en la producción o mejorar su competitividad, incluyendo:

  1. Traslado que implique crecimiento de capacidad y que no sea simplemente un cambio de localización.
  2. Creación de un nuevo establecimiento industrial.
  3. Ampliación de capacidad productiva tanto por creación de nuevas líneas como por ampliación de las existentes.
  4. Cualquier mejora del sistema productivo para incrementar la competitividad, incluyendo entre otros aspectos la mejora de la eficiencia energética o del impacto ambiental y la robotización y digitalización.

¿Qué inversiones y gastos serán financiables?

  • Adquisición o adecuación de instalaciones ubicadas en España (los terrenos no pueden superar un tercio del total de inversión).
  • Adquisición de aparatos y equipos de producción.
  • Ingeniería de proceso de producción (gastos asociados a la puesta en marcha de los aparatos y equipos de producción, asistencia técnica, gastos de ingeniería y consultoría, de asesoramiento tecnológico o de digitalización, siempre que guarden relación con el proyecto productivo principal).
  • Gastos de circulante (lo estrictamente necesario y justificado).
  • Gastos de primera constitución (solo emprendimiento).

¿Cuáles serán las características de las operaciones de financiación elegibles?

Las operaciones deberán ser formalizadas hasta el 31/12/2023.

  • Plazo mínimo del préstamo: 3 años.

Plazo máximo del préstamo: 15 años.

  • Importe avalado máximo 500.000 € y para operaciones de emprendimiento 750.000 €.
  • Posibilidad de periodos de carencia de hasta 3 años.
  • Importe total de la bonificación no superará los 200.000 € (se ajustará al máximo permitido por el régimen de ayudas de Minimis).

¿Qué actividades serán elegibles?

  • Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C-Divisiones 10 a 32 CNAE.
  • Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3 CNAE 2009 (ES3831 y ES3832).
  • Actividades complementarias a la producción industrial (N8292, H5210, C3311-17, D3518-19 y E3600).
  • Actividades de servicios a la industria (M7112, M7120).

 

Más información:

https://www.elkargi.es/servicios/programa-de-apoyo-al-emprendimiento-industrial/

Para ampliar información a este respecto, puede ponerse en contacto nosotros en el teléfono 900.37.30.51 o dirigiendo un e-mail a la dirección: ayudas@sea.es