Consciente del esfuerzo económico que puede suponer a los autónomos del sector comercial la realización de estas actividades se considera conveniente apoyarlas mediante la presente convocatoria de ayudas.
¿Cuál es el objetivo?
Apoyo a autónomos y empresas del sector comercial alavés para la promoción de la actividad comercial en el ejercicio 2024.
¿Quiénes serán beneficiarios?
a) Trabajadores autónomos, que tengan como máximo 8 personas empleadas,
b) Sociedades civiles o comunidades de bienes formadas por un máximo de 9 autónomos.
c) Sociedades mercantiles cuyas participaciones en la empresa correspondan a un máximo de 9 trabajadores que coticen en el Régimen Especial de Autónomos (o en el régimen general en el caso de las cooperativas o sociedades limitadas laborales).
¿Qué cantidad?
- El porcentaje de subvención aplicable a los correspondientes presupuestos subvencionables será del 50 por ciento.
- La cuantía de subvención máxima se establece en 3.000,00 euros por beneficiario.
- La cuantía de subvención mínima se establece en 200,00 euros por beneficiario por lo que el importe mínimo de gastos totales subvencionables para tener derecho a la subvención es de 400,00 euros.
¿Cuál será el plazo para la presentación de solicitudes?
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOTHA y finalizará a las 14:00 horas del día 22 de marzo de 2024.
Para ampliar información a este respecto, puede ponerse en contacto nosotros en el teléfono 900.37.30.51 o dirigiendo un e-mail a la dirección: ayudas@sea.es