Programa de ayudas “Basque Industry 4.0”

 

SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial ha publicado la convocatoria y las bases reguladoras del programa de ayudas “Basque Industry 4.0”.

El presente programa tiene por objeto apoyar Proyectos de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental que aborden la Transferencia de Tecnología de «proveedores tecnológicos» (como, por ejemplo, los agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación) hacia empresas industriales manufactureras, en el ámbito de las TEICs (Tecnologías de la Electrónica, la Información y las Telecomunicaciones) aplicadas a la Fabricación Avanzada, que tengan un efecto de demostración y que permitan por lo tanto acelerar la transferencia al mercado de los resultados de los proyectos de I+D en TEICs.

Estas ayudas tendrán la consideración de subvenciones a fondo perdido.

Podrán acceder a las ayudas contempladas en el presente Programa las empresas industriales manufactureras que presenten proyectos individualmente o en colaboración. En este segundo caso deberán ser empresas que formen «cadena de valor». Se considerarán proyectos en colaboración aquellos que sean presentados por un mínimo de 2 empresas.

No se admitirán proyectos en colaboración entre empresas vinculadas.

Las entidades beneficiarias deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

a)    Empresas que aborden proyectos de un presupuesto en gastos externos/internos e inversiones superiores a 75.000 euros.

b)    Disponer de un centro de actividad industrial en la CAPV, en el que realizarán la actuación subvencionable.

c)    Estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Tesorería General de la Seguridad Social y/o sus entidades colaboradoras, así como de las obligaciones que mantenga con el Gobierno Vasco, sin tener asimismo deudas vencidas, reclamadas y no abonadas con cualquiera de las entidades del Grupo SPRI.

d)    Deberán acreditar estar de alta en el correspondiente epígrafe industrial del Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco.

Los Proyectos deberán estar relacionados con alguna de las siguientes áreas, dentro del ámbito de los CPSs (Cyber Physical Systems) aplicados a la fabricación avanzada:

  1. Ciberseguridad y comunicaciones industriales.
  2. Cloud Computing.
  3. Big Data – Analítica Avanzada y Business Intelligence.
  4. Machine Learning.
  5. Robótica colaborativa.
  6. Proyectos de realidad aumentada.
  7. Proyecto de visión artificial.
  8. Sensórica.
  9. Diseño y fabricación aditiva en materiales metálicos y avanzados (cerámicas, composites, etc.)
  10. Proyectos de materiales y procesos avanzados.

No tendrán la consideración de actuaciones subvencionables la actualización o mantenimiento de aquellos proyectos que hayan sido presentados con anterioridad en SPRI y hayan recibido ayuda de este o cualquier otro programa de SPRI o del Gobierno Vasco.

La descripción de TRLs (Technology Readiness Levels) será la utilizada por la Comisión Europea, que se adjunta a modo de resumen:

–       TRL 1: Principios básicos observados y reportados.

–       TRL 2: Concepto y/o aplicación tecnológica formulada.

–       TRL 3: Función crítica analítica y experimental y/o prueba de concepto característica.

–       TRL 4: Validación de componente y/o disposición de los mismos en entorno de laboratorio.

–       TRL 5: Validación de componente y/o disposición de los mismos en un entorno relevante.

–       TRL 6: Modelo de sistema o subsistema o demostración de prototipo en un entorno relevante.

–       TRL 7: Demostración de sistema o prototipo en un entorno real.

–       TRL 8: Sistema completo y certificado a través de pruebas y demostraciones.

–       TRL 9: Sistema probado con éxito en entorno real.

En todo caso, las actividades subvencionables, los gastos e inversiones elegibles, así como la intensidad de estos, respetarán lo establecido por el artículo 25 del Reglamento (UE) 651/2014.

No constituirá en ningún caso una actuación subvencionable la exportación a otros Estados miembros de la Unión Europea o a terceros países y, por consiguiente, ninguna subvención concedida en el marco del presente Programa podrá estar directamente vinculada a las cantidades exportadas, al establecimiento y la explotación de una red de distribución o a otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora.

Ninguna subvención concedida en el marco del presente Programa podrá estar condicionada a la utilización de productos domésticos en lugar de productos importados.

 

El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 17 de septiembre de 2019.

 

Más información: https://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2019/06/1903083a.pdf

 

Para ampliar información a este respecto, puede ponerse en contacto nosotros en el teléfono 900.37.30.51 o dirigiendo un e-mail a la dirección: ayudas@sea.es