Programa Lanhitz 2020 ( 2-9-2020)

 

El Gobierno Vasco ha convocado subvenciones para fomentar el uso y la presencia del euskera en los centros de trabajo del sector privado ubicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi, durante el año 2020 (Lanhitz).

¿Quiénes podrán acceder a estas ayudas?

Todas aquellas personas físicas o jurídicas privadas, de nacionalidad o domicilio social en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y estén constituidas legalmente conforme a la legislación vigente y que, independientemente de su forma jurídica, sean titulares o, en su caso, gestionen centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma Vasca.

Se excluirán de esta convocatoria:

a)    Las entidades en cuyo capital social la participación de una o varias administraciones públicas sea superior al 50%.

b)    Las entidades que ofrecen servicios de euskera tales como euskaldunización, alfabetización, asesoría en gestión lingüística, traducción y formación.

c)    Los centros de enseñanza no universitaria de la CAE y sus fundaciones.

d)    Las empresas en crisis, de acuerdo con la definición de las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (DO, C 249, 31-07-2014).

e)    Las empresas sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

f)     Aunque puedan acceder a la presente convocatoria, quedarán fuera aquellas actividades que en 2020 o para el 2020 hayan recibido alguna ayuda por parte de la Viceconsejería de Política Lingüística del Departamento de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco.

g)    Las fundaciones públicas.

¿Cuál será el ámbito temporal y el plazo para la presentación de solicitudes?

Solamente podrán acogerse a la presente convocatoria de subvenciones los proyectos que se materialicen en 2020. Consecuentemente, todas las actividades, servicios y productos derivados de los proyectos acogidos a la convocatoria deberán ser materializados y presentados públicamente antes del 31 de diciembre de 2020.

Toda persona o entidad interesada en tomar parte en esta convocatoria podrá realizar la solicitud en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de esta Orden en el BOPV (02/09/2020).

 

Más información:

https://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2020/09/2003476a.pdf

 

Para ampliar información a este respecto, puede ponerse en contacto nosotros en el teléfono 900.37.30.51 o dirigiendo un e-mail a la dirección: ayudas@sea.es